Introducción

Argentina, con su vibrante ecosistema social y su creciente interés en iniciativas de impacto, ofrece un terreno fértil para la creación de fundaciones. Si eres un emprendedor español con una visión de bien común y deseas establecer una entidad sin ánimo de lucro en este país, es fundamental comprender el proceso legal y administrativo. Esta guía detallada te proporcionará una hoja de ruta clara, desde los requisitos iniciales hasta la obtención de la personería jurídica, asegurando que tu proyecto se asiente sobre bases sólidas y conformes a la legislación argentina.

¿Qué es una Fundación en Argentina?

En Argentina, una fundación es una persona jurídica que se constituye con un objeto de bien común, sin propósito de lucro, mediante el aporte patrimonial de una o más personas. Este patrimonio se destina a hacer posibles sus fines. Para existir legalmente, una fundación debe constituirse mediante instrumento público y obtener la autorización del Estado para funcionar

Marco legal clave

El marco legal principal que rige la constitución y funcionamiento de las fundaciones en Argentina es la Ley N° 19.836, complementada por el Código Civil y Comercial de la Nación y las resoluciones de la Inspección General de Justicia (IGJ). La IGJ es el organismo de control y registro para las fundaciones con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Requisitos fundamentales para la constitución de una fundación

Para iniciar el proceso de constitución de una fundación, deberás cumplir con una serie de requisitos esenciales:

1. Patrimonio inicial

Uno de los requisitos indispensables es contar con un patrimonio inicial que posibilite razonablemente el cumplimiento de los fines propuestos estatutariamente. Según la Resolución 2/2023 de la IGJ, el patrimonio mínimo debe ser equivalente a diez (10) salarios mínimos, vitales y móviles.

Este patrimonio puede acreditarse de diversas formas:

  • Bienes no dinerarios: Si se aportan bienes que no son sumas de dinero, se requiere un Estado Contable o Inventario de Bienes certificado por contador público, junto con un informe de dicho profesional que detalle el contenido de cada rubro y el criterio de valuación utilizado.
  • Sumas de dinero: Se puede acreditar mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina a nombre de la entidad en formación, o a través de una manifestación expresa en la escritura pública de constitución por parte del escribano, indicando que los fundadores entregan los fondos a los administradores nombrados.

2. Acta constitutiva o fundacional

Este documento es el punto de partida legal de la fundación y debe contener información crucial, como:

  • Lugar y fecha de constitución.
  • Datos personales de los constituyentes (nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, DNI/CUIL/CUIT).
  • Identificación de los constituyentes.
  • Nombre de la entidad con el aditamento del tipo social antepuesto o pospuesto.
  • Plazo de duración de la entidad.
  • Objeto y actividades a cumplimentar, que debe ser preciso y determinado.
  • Fijación de la sede social, con la identificación precisa (calle, número, piso, oficina) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Elección de autoridades, precisando cargos, datos personales, duración de mandatos, aceptación de nombramientos, domicilios y declaración jurada de no hallarse afectados por inhabilidades.
  • Decisión de solicitar la autorización para funcionar como persona jurídica, autorizando a una o más personas para gestionarla y aceptar modificaciones de la IGJ.

3. Estatuto social

El estatuto es el conjunto de normas que regirán el funcionamiento interno de la fundación. Puede formar parte del acta constitutiva o suscribirse por separado. Debe prever:

  • Régimen de administración y representación.
  • Fecha de cierre del ejercicio económico anual.
  • Régimen de elecciones de los consejeros.
  • Clases o categorías de consejeros, prerrogativas y deberes, y facultades reservadas de los fundadores (si las hubiere).
  • Causales de disolución.
  • Procedimiento de liquidación.
  • Destino de los bienes después de la liquidación, que debe ser a una entidad de bien común, pública o privada, sin fines de lucro y domiciliada en Argentina.

4. Plan de acción y bases presupuestarias

Es necesario presentar un plan de acción u operativo detallado para el primer trienio, firmado por el fundador o fundadores. Este plan debe especificar las actividades a cumplir anualmente, de acuerdo con el objeto fundacional. Asimismo, se deben adjuntar las bases presupuestarias del primer trienio, detallando ingresos y egresos estimados por año para cada actividad. Un contador público independiente debe certificar el origen de los ingresos y egresos estimados y la viabilidad de cumplimiento.

5. Declaración Jurada de Persona Expuesta Políticamente (PEP)

Los fundadores y autoridades de la fundación deberán presentar una declaración jurada sobre su condición de Persona Expuesta Políticamente, según la normativa vigente.

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Proceso paso a paso para constituir una Fundación

El proceso para constituir una fundación en Argentina, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generalmente sigue los siguientes pasos:

  1. Reserva de Denominación: Aunque no es obligatoria, es recomendable tramitar la reserva del nombre de la fundación ante la IGJ. Esta reserva tiene una validez de 30 días.
  2. Redacción y Firma del Acta Constitutiva y Estatuto: Con la asistencia de un escribano público, se redacta y firma el acta constitutiva y el estatuto social. Es fundamental que estos documentos cumplan con todos los requisitos legales mencionados anteriormente.
  3. Acreditación del Patrimonio Inicial: Se realiza el depósito del patrimonio inicial en el Banco de la Nación Argentina o se acredita mediante la manifestación del escribano en la escritura pública, según corresponda.
  4. Presentación ante la IGJ: Se presenta toda la documentación requerida (acta constitutiva, estatuto, plan de acción, bases presupuestarias, declaraciones juradas, etc.) ante la Inspección General de Justicia. Es necesario solicitar un turno previo para la presentación.
  5. Evaluación y Observaciones de la IGJ: La IGJ revisará la documentación presentada. Es posible que se realicen observaciones o se soliciten aclaraciones o modificaciones. Es crucial atender estas solicitudes de manera oportuna.
  6. Visitas de Inspección: Antes de otorgar la autorización para funcionar, la IGJ puede realizar visitas de inspección para verificar las condiciones en que la fundación se propone operar y el cumplimiento de sus objetivos.
  7. Obtención de la Personería Jurídica: Una vez que la IGJ aprueba la documentación y verifica el cumplimiento de todos los requisitos, se otorga la personería jurídica a la fundación, lo que le confiere existencia legal.
  8. Inscripción en AFIP y Obtención de CUIT: Con la personería jurídica obtenida, la fundación debe inscribirse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para obtener su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Este paso es fundamental para poder operar legalmente, emitir facturas, realizar pagos y cumplir con las obligaciones fiscales.
  9. Rubricación de Libros Obligatorios: La fundación deberá gestionar la rubricación de libros obligatorios, como el Libro de Actas, Inventario y Balances, y Diario, ante la IGJ.

Costos y tiempos estimados

Los costos asociados a la constitución de una fundación pueden variar. Incluyen honorarios de escribanía, tasas administrativas de la IGJ y, en algunos casos, honorarios de contadores para la certificación de estados contables o inventarios. La tasa administrativa de la IGJ para un trámite común es de 12 módulos. Es importante consultar con profesionales locales para obtener un presupuesto detallado y actualizado.

En cuanto a los tiempos, el proceso puede llevar varios meses, dependiendo de la complejidad de la documentación, la celeridad en la respuesta a las observaciones de la IGJ y la carga de trabajo del organismo. No hay un plazo fijo establecido, pero una planificación adecuada y la presentación de documentación completa y correcta pueden agilizar el trámite.

Consideraciones adicionales para emprendedores españoles

Para emprendedores españoles, es importante tener en cuenta que, si bien el proceso es el mismo, la asistencia de profesionales locales con experiencia en derecho societario y fiscal argentino es fundamental para asegurar el cumplimiento de todas las normativas y evitar demoras. En Tu Empresa en Argentina, contamos con un equipo de expertos que te guiará en cada etapa, desde la planificación inicial y la preparación de la documentación, hasta la presentación ante los organismos pertinentes y el seguimiento del trámite. Te ofrecemos un acompañamiento integral para que la distancia no sea un obstáculo en la realización de tu proyecto social. Además, te ayudaremos a comprender las implicaciones fiscales tanto en Argentina como en España, especialmente en lo que respecta a la doble imposición y los convenios para evitarla, optimizando así tu estructura y garantizando la máxima eficiencia.

Conclusión

Constituir una fundación en Argentina es un proceso que requiere atención al detalle y el cumplimiento de una serie de requisitos legales y administrativos. Sin embargo, con la guía y el apoyo adecuados, es un objetivo totalmente alcanzable. En Tu Empresa en Argentina, estamos comprometidos a facilitar este camino para los emprendedores españoles. Nuestro equipo de especialistas te brindará el asesoramiento integral necesario para navegar por la burocracia, optimizar los tiempos y asegurar que tu fundación se establezca de manera eficiente y conforme a la normativa. Permítenos ser tu socio estratégico en Argentina, para que puedas concentrarte en lo más importante: generar un impacto positivo y hacer realidad tu visión de bien común. ¡Contáctanos hoy mismo y comienza a construir el futuro de tu fundación en Argentina!

Aviso legal: El contenido de este artículo tiene fines puramente informativos y orientativos. No constituye asesoramiento legal, fiscal o contable profesional. La información proporcionada se basa en la legislación vigente al momento de su redacción y puede estar sujeta a cambios. Antes de tomar cualquier decisión o iniciar cualquier trámite relacionado con la constitución o gestión de una empresa en Argentina, se recomienda encarecidamente buscar el asesoramiento de profesionales cualificados en las áreas legal, fiscal y contable. tuempresaenargentina.com no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en la información aquí contenida sin la debida consulta profesional.

Fuentes consultadas

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