Argentina, con su mercado dinámico y sus lazos culturales con España, sigue siendo un destino atractivo para emprendedores españoles que buscan expandir sus horizontes o iniciar nuevos proyectos. Sin embargo, el proceso de constitución de una empresa en un país extranjero puede parecer complejo. Esta guía detallada, actualizada a mayo de 2025, te llevará paso a paso a través de todo lo que necesitas saber para crear tu empresa en Argentina desde España, asegurando que tu emprendimiento comience con una base legal sólida y bien informada.
Antes de sumergirnos en los detalles, es crucial destacar la importancia de contar con asesoramiento profesional local. Un abogado y un contable en Argentina con experiencia en la constitución de sociedades por extranjeros serán tus mejores aliados para navegar la normativa específica y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones.

Paso 0: Planificación y Consideraciones Previas para el Emprendedor Español

Antes de iniciar cualquier trámite legal, es fundamental:
  1. Desarrollar un Plan de Negocio Sólido: Define tu idea, mercado objetivo, análisis de viabilidad, proyecciones financieras y estrategia de entrada. Esto no solo guiará tus decisiones, sino que puede ser requerido para ciertos trámites o búsqueda de financiación.
  2. Investigar el Mercado Argentino: Comprende las particularidades del sector en el que deseas operar, la competencia, la demanda y el entorno económico general.
  3. Evaluar la Estructura de Inversión: Define cómo se realizará la aportación de capital desde España, considerando la normativa cambiaria argentina vigente.
  4. Documentación Personal (Socios/Directores Españoles):
    • Pasaporte en vigor.
    • Número de Identificación de Extranjero (NIE) español.
    • Certificado de domicilio en España.
    • Apostilla de La Haya: Muchos documentos españoles necesitarán la Apostilla de La Haya para tener validez legal en Argentina. Consulta con tu asesor qué documentos la requieren.
    • Traducciones Públicas: Si algún documento no está en español (aunque es raro para un español), o si se requiere una formalidad específica, podría necesitar una traducción por un traductor público matriculado en Argentina.

Paso 1: Obtención de Clave de Identificación Fiscal en Argentina para Socios/Directores Españoles

Para poder figurar como socio o director de una empresa argentina, los ciudadanos españoles necesitarán una clave de identificación fiscal argentina:

  • CDI (Clave de Identificación): Es la opción más común para socios extranjeros no residentes que no ejercerán la administración directa o no realizarán actividad económica personal en Argentina. Se tramita ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ahora conocido como Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Generalmente, se requiere:
    • Pasaporte español (original y copia).
    • Certificado de domicilio expedido por la autoridad policial española correspondiente (apostillado).
    • Formularios específicos de la AFIP.
    • Es posible que se requiera la designación de un representante en Argentina para este trámite si no se viaja personalmente.
  • CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria): Necesaria si el socio español va a ser director con residencia fiscal en Argentina, o si va a desarrollar una actividad económica personal sujeta a impuestos en el país. Su obtención para no residentes es más compleja y suele requerir la demostración de un inicio de actividad o la obtención previa de la residencia legal en Argentina.
Recomendación: Para la mayoría de los emprendedores españoles que inician, la CDI para los socios y la designación de un gerente/director residente en Argentina (ver Paso 4) suele ser la vía más directa.

Paso 2: Elección del Tipo Societario Adecuado

Argentina ofrece diversas formas jurídicas. Para emprendedores españoles, las más recomendables suelen ser:
  1. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL):
    • Ideal para: Pequeñas y medianas empresas, negocios familiares, emprendimientos con un número acotado de socios.
    • Socios: Mínimo 2 y máximo 50. Pueden ser personas físicas (españoles con CDI) o jurídicas.
    • Capital Social: Se divide en cuotas. El capital mínimo legal es accesible (consultar monto vigente en la Inspección General de Justicia – IGJ – o Registro Público provincial). Se debe integrar al menos el 25% al momento de la constitución y el saldo en un plazo máximo de dos años. La integración puede ser en dinero efectivo o en bienes (con la correspondiente valuación).
    • Responsabilidad de los Socios: Limitada al capital aportado. El patrimonio personal de los socios españoles queda protegido ante deudas de la empresa.
    • Administración: A cargo de uno o más gerentes (socios o no). Al menos un gerente debe tener domicilio real en Argentina. Esto es un punto clave para los españoles: si no residen en Argentina, deberán designar un gerente local.
  2. Sociedad por Acciones Simplificada (SAS):
    • Ideal para: Startups, emprendimientos tecnológicos, negocios que buscan agilidad y flexibilidad, o si se prevé la entrada de inversores.
    • Socios: Puede ser unipersonal (un solo socio, incluso español con CDI) o tener múltiples socios.
    • Capital Social: Se divide en acciones. El capital mínimo es equivalente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) vigentes al momento de la constitución. La integración es similar a la SRL (25% al inicio).
    • Responsabilidad de los Accionistas: Limitada al capital aportado.
    • Administración: A cargo de un órgano de administración (puede ser unipersonal). Al menos un administrador debe tener domicilio real en Argentina.
    • Ventajas Clave: Proceso de constitución potencialmente más rápido y simplificado (especialmente si se utilizan estatutos modelo y plataformas digitales), posibilidad de llevar libros digitales, mayor flexibilidad para la entrada y salida de socios/inversores.
    • A Considerar: Verificar la plena operatividad y agilidad del sistema SAS en la jurisdicción específica (CABA o provincia) y para socios extranjeros al momento de la constitución.
  3. Sociedad Anónima (SA):
    • Ideal para: Proyectos de gran envergadura, empresas que planean cotizar en bolsa o atraer grandes capitales.
    • Socios: Mínimo 2.
    • Capital Social: Mínimo legal más elevado que SRL y SAS (consultar monto vigente en IGJ). Dividido en acciones.
    • Responsabilidad de los Accionistas: Limitada al capital aportado.
    • Administración: A cargo de un Directorio (uno o más directores). La mayoría de los directores deben tener domicilio real en Argentina.
    • Fiscalización: Puede requerir una Sindicatura (órgano de control interno).
    • Consideraciones para Españoles: Es la estructura más compleja y costosa de constituir y mantener. Generalmente no es la primera opción para un emprendimiento inicial a menos que la escala del proyecto lo justifique.

Paso 3: Designación de un Representante Legal o Apoderado en Argentina (si fuera necesario)

Si los socios españoles no van a residir en Argentina o no pueden estar presentes para todos los trámites, será necesario otorgar un poder a una persona de confianza (abogado, gestor) en Argentina para que actúe en su nombre. Este poder deberá ser:
  • Otorgado ante notario público en España.
  • Legalizado con la Apostilla de La Haya.

Paso 4: Reserva del Nombre de la Sociedad

Antes de redactar los estatutos, se debe verificar la disponibilidad del nombre elegido para la empresa y reservarlo.
  • Organismo: Inspección General de Justicia (IGJ) si la empresa se domiciliará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), o el Registro Público de Comercio correspondiente en la provincia elegida.
  • Procedimiento: Generalmente se realiza online, presentando varias opciones de nombre. La reserva tiene una validez temporal.

Paso 5: Redacción y Firma del Contrato Social o Estatuto

Este es el documento fundacional de la empresa y debe ser elaborado por un abogado argentino. Contendrá, como mínimo:
  • Datos completos de los socios (incluyendo CDI/CUIT de los españoles).
  • Nombre de la sociedad (el reservado previamente).
  • Domicilio legal de la sociedad en Argentina.
  • Objeto social (descripción detallada de las actividades que realizará la empresa).
  • Capital social: monto, forma de suscripción e integración por cada socio.
  • Plazo de duración de la sociedad.
  • Organización de la administración y fiscalización (designación de gerentes/directores, con indicación de quiénes tendrán domicilio real en Argentina).
  • Normas para la distribución de utilidades y soportación de pérdidas.
  • Causales de disolución y bases para la liquidación.
Las firmas de los socios en el contrato social deben ser certificadas por un escribano público argentino. Si un socio español firma desde España, su firma en el documento (o en un poder especial para la firma del estatuto) deberá estar apostillada.

Paso 6: Depósito del Capital Social Inicial

Un porcentaje del capital social suscripto en efectivo (generalmente el 25%) debe ser depositado en el Banco de la Nación Argentina (o entidad habilitada) en una cuenta especial a nombre de la sociedad «en formación». El comprobante de este depósito es un requisito para la inscripción.

Paso 7: Publicación de Edictos en el Boletín Oficial

Se debe publicar un extracto del contrato social (edicto) en el Boletín Oficial de la República Argentina. Esta publicación informa a terceros sobre la constitución de la nueva sociedad. El contenido del edicto está regulado e incluye datos esenciales de la empresa.

Paso 8: Pago de Tasas de Inscripción

Se deben abonar las tasas correspondientes al trámite de inscripción de la sociedad ante la IGJ o el Registro Público provincial.

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Paso 9: Inscripción Definitiva en el Registro Público (IGJ o Provincial)

Este es el paso fundamental que otorga la personería jurídica a la empresa. Se presenta toda la documentación recopilada:
  • Formularios de solicitud de inscripción.
  • Contrato social/estatuto original y copias certificadas.
  • Constancia de reserva de nombre.
  • Comprobante de publicación de edictos.
  • Comprobante del depósito del capital inicial.
  • Acreditación de la CUIT/CDI de los socios y administradores.
  • Constancia de domicilio de los administradores residentes en Argentina.
  • Dictamen de precalificación profesional emitido por un abogado (y a veces por un contador).
  • Comprobante de pago de tasas.
El organismo revisará la documentación y, si todo está en orden, procederá a la inscripción de la sociedad.

Paso 10: Obtención de la CUIT para la Sociedad

Una vez que la sociedad está inscripta en el Registro Público, se debe tramitar su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) ante la AFIP (ARCA). Esto es indispensable para que la empresa pueda operar, facturar y cumplir con sus obligaciones fiscales.

Paso 11: Inscripción en Impuestos Nacionales, Provinciales y Municipales

Con la CUIT de la sociedad, se procede a:
  • Inscripción en impuestos nacionales (AFIP): IVA, Impuesto a las Ganancias, etc., según corresponda al régimen elegido (Régimen General).
  • Inscripción en Ingresos Brutos: Impuesto provincial que grava la facturación. Se tramita ante la administración tributaria de la provincia donde la empresa tenga su sede o desarrolle actividad (ej. AGIP en CABA, ARBA en Provincia de Buenos Aires).
  • Tasas Municipales: Según el municipio, pueden existir tasas por habilitación, seguridad e higiene, etc.

Paso 12: Rúbrica de Libros Societarios y Contables

La sociedad debe llevar una serie de libros obligatorios (Libro Diario, Libro de Inventario y Balances, Libro de Actas de Reuniones de Socios/Asambleas, Libro de Actas de Gerencia/Directorio, Libro de Registro de Acciones/Cuotas). Estos libros deben ser rubricados (sellados y foliados) por la IGJ o el Registro Público correspondiente antes de su uso. Las SAS tienen la ventaja de poder llevar estos libros en formato digital.

Paso 13: Apertura de una Cuenta Bancaria Corporativa

Con la CUIT de la sociedad y la constancia de inscripción, se puede abrir una cuenta corriente bancaria a nombre de la empresa en una entidad financiera argentina. Los bancos suelen solicitar:
  • Copia del estatuto social inscripto.
  • Constancia de CUIT de la sociedad.
  • CUIT/CDI de los socios y apoderados.
  • Documentación que acredite el domicilio de la sociedad.
  • Poderes de los firmantes autorizados.

Paso 14: Habilitaciones y Licencias Específicas (Según Actividad)

Dependiendo del rubro de la empresa, pueden ser necesarias habilitaciones municipales (para locales comerciales o industriales), permisos sectoriales específicos (salud, alimentos, turismo, etc.) o inscripciones en registros profesionales.

Paso 15: Registro como MiPyME (Recomendado)

Una vez que la empresa esté operativa, es altamente recomendable inscribirla en el Registro de Empresas MiPyME (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) a través del sitio web de AFIP. Esto permite acceder a diversos beneficios fiscales, líneas de crédito preferenciales y programas de apoyo gubernamental.

Consideraciones Finales para el Éxito

  • Paciencia y Organización: El proceso puede llevar tiempo y requiere una gestión documental meticulosa.
  • Adaptación Cultural: Comprender la cultura de negocios argentina es clave.
  • Networking: Construir una red de contactos locales puede ser muy valioso.
  • Actualización Constante: Las normativas pueden cambiar. Mantente informado a través de tus asesores.
Crear una empresa en Argentina desde España es un proyecto ambicioso pero totalmente factible con la planificación adecuada y el soporte profesional correcto. ¡Mucha suerte en tu emprendimiento!

Aviso Legal: La información proporcionada en este artículo tiene fines meramente informativos y orientativos, actualizada a mayo de 2025. Las leyes, regulaciones y procedimientos para la creación de empresas en Argentina pueden cambiar. Este contenido no constituye asesoramiento legal, fiscal ni contable. Recomendamos encarecidamente consultar con profesionales matriculados en Argentina (abogados, contables) antes de tomar cualquier decisión o iniciar cualquier trámite de constitución de sociedad. Tu Empresa en Argentina no se responsabiliza por las decisiones tomadas basadas únicamente en la información aquí presentada.

Enlaces útiles y referencias

Ventajas clave para el emprendedor español

  • Costos operativos más bajos que en Europa.

  • Posibilidad de trabajar con moneda extranjera (USD/EUR).

  • Acceso a un mercado de +400 millones de consumidores en América Latina.

  • Facilidad para contratar talento calificado en tecnología, diseño, contabilidad, etc.

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